Sada - Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por entradas de vehículos a través de las aceras y reserva de la vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase

Publicación provisional: 10/02/1999 BOP Nº: 33
Publicación definitiva: 10/02/1999 BOP Nº: 33
Aplicable dende: 08/03/2001

Artículo 1.º

Concepto. De conformidad con lo previsto en el artículo 58, en relación con el artículo 20.3 H), ambos de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, reguladora de las Haciendas Locales, según la modificación establecida por el artículo 66, de la Ley 25/1998, de 13 de julio, de modificación del Régimen Legal de las Tasas Estatales y Locales y de Reordenación de las Prestaciones Patrimoniales y de Carácter Público, este Ayuntamiento establece la Tasa por utilizaciones privativas, o aprovechamientos especiales del dominio público local, por entradas de vehículos a través de las aceras y reservas de la vía pública para aparcamiento exclusivo, parada de vehículos, carga y descarga de mercancías de cualquier clase", especificado en las tarifas contenidas en el apartado 2 del artículo 4.º siguiente, que se regirá por la presente Ordenanza

Artículo 4.º .-Cuantía.

1.-La cuantía de la tasa regulada en esta ordenanza, será fijada en las tarifas contenidas en el apartado siguiente:

2.-Las tarifas de la tasa serán las siguientes:

Tarifa primera:

Por cada entrada de vehículos, al año:

- Locales comerciales de cualquier clase: 12.000 pesetas.

- Talleres mecánicos y de servicio de reparación, pintura y lavado, y otros similares: 18.000 pesetas.

- Garajes industriales y particulares: por cada vehículo que de conformidad con la licencia obtenida se pueda aparcar: 1.200 pesetas, con un mínimo de 5.400 pesetas.

Tarifa segunda:

Por cada metro lineal o fracción de calzada a que alcance la reserva de espacio destinado de estacionamiento, al año:

- Reservas permanentes: 10.500 pesetas.

- Reservas de duración limitada:

De 8.00 a 11.00 horas, 4.500 pesetas.

De 11.00 a 14.00 horas, 9.000 pesetas.

De 14.00 a 16.00 horas, 4.800 pesetas.

De 16.00 a 19.00 horas, 9.000 pesetas.

Tarifa tercera:

a) Reserva parada taxi, por cada uno: 12.000 pesetas.

b) Reserva parada de autobuses de las líneas regulares de viajeros en el paseo marítimo:

Empresa "Eliseo Pita", 50.000 pesetas.

Empresa "Cal Pita", 150.000 pesetas.

c) Reserva para transporte ligero, por cada vehículo: 12.000 pesetas.

Tarifa cuarta:

Reserva de espacio con carácter temporal:

a) Servicio de mudanzas, día 3.000 pesetas.

b) Vehículos de exposición, día 500 pesetas.

c) Carga y descarga de materiales y maquinaria para obras, escombros y gasóleo calefacción, por cada m2 de calzada y hora o fracción: 100 pesetas.

d) Otros usos, día 3.000 pesetas.

Tarifa quinta:

Precio de la placa de vado: 3.500 pesetas.