Frades - Ordenanza reguladora del precio público por la recepción de atenciones del servicio de ayuda a domicilio

Publicación provisional: 30/11/1998 BOP Nº: 275
Publicación definitiva: 30/11/1998 BOP Nº: 275
Aplicable dende: 30/11/1998

Artículo 1.-Objeto.

Este Ayuntamiento establece y regula el Servicio de Ayuda a Domicilio y el precio público por los servicios prestados en el mismo, en virtud de lo establecido en los artículos 117 en relación de la Ley 39/1988, del 28 de diciembre.

"Facer referencia á Ley Galega de S. Sociais 4/1993, do 14 de abril, e á Orde do 22 de xullo de 1996, pola que se regula o Servicio de Axudas no Fogar (DOG do 22 de agosto de 1996, número 163)."

Artículo 2.-Concepto del servicio.

Según el artículo 2 de la Orden del 22 de julio de 1996, el Servicio de Ayuda a Domicilio es un servicio público, polivalente y social, que presta ayuda a individuos y familias en su domicilio cuando se hallan incapacitados, temporal o permanentemente, por motivos de índole psíquico, físico o social, para realizar las tareas esenciales de la vida diaria, manteniéndolos en su hogar e integrándolos en su entorno, a la vez que mejorando su calidad de vida.

Artículo 3.-Destinatarios.

Este servicio se ofertará y prestará a los vecinos de la mancomunidad de municipios de la comarca de Ordes que se encuadran en un marco de problemáticas concretas, como:

* Personas con incapacidad para valerse por sí mismas.

* Personas que tienen ancianos, minusválidos o enfermos crónicos a su cargo, y que necesitan ayuda para atenderlos.

* Familias con problemas transitorios.

* Familias con grave riesgo de desestructuración.

* Familias ya muy afectadas en sus relaciones personales y/o sociales.

* Sobrecargas familiares.

Artículo 4.-Prestaciones.

Las prestaciones que se pueden ofrecer a través del Servicio de Ayuda a Domicilio se circunscribirán a las siguientes:

- 1.º .-Atenciones asistenciales.

Limpieza básica del lugar.

Compra de artículos de primera necesidad.

Lavado de ropa.

Elaboración de comidas.

Apoyo en el aseo y cuidado personal.

Ayuda en el vestido.

Control de régimen alimentario.

Administración de medicamentos bajo prescripción médica.

Realización de pequeñas curas a nivel de usuario y bajo orientación de personal facultativo.

Ayuda para tomar alimentos y bebidas.

Ayuda para levantarse y desplazarse.

Apoyo en situaciones de emergencia.

Elementales reparaciones domésticas a nivel de usuario.

- 2.º .-Atenciones psicosociales y educativas.

Cambios en los hábitos de orden y limpieza.

Práctica en habilidades sociales.

Administración del presupuesto familiar.

Organización doméstica.

Apoyo y orientación en cambios de dinámica familiar.

Facilitación de actividades de ocio en el mismo hogar, como distribución de libros, revistas...

Ayudas para la relación con el entorno.

Acompañamiento a centros médicos, sociales...

Ayuda para el manejo de la correspondencia, teléfono...

Conversación.

Compañía.

Integración y socialización del usuario.

Artículo 5.-Objetivos generales.

Se plantean como objetivos generales dentro del Servicio de Ayuda a Domicilio los siguientes:

1.-Prevenir situaciones de crisis individual y/o familiar prestando apoyo personal y social.

2.-Ofrecer apoyo individualizado que favorezca la autonomía personal y social a los vecinos que se encuadren en una situación más desprotegida.

3.-Proponer la ayuda a domicilio como una prestación de apoyo temporal.

4.-Potenciar que los beneficiarios de ayuda a domicilio utilicen positivamente los recursos de su entorno.

5.-Fomentar cambios favorables en la dinámica familiar.

6.-Evitar la desvinculación de la familia, vecindad, etc., dándole apoyo y disminuyendo la sobrecarga.

7.-Apoyar a la familia cuando ésta, por cualquier razón, no pueda realizar las funciones propias de integración o cuidado de sus miembros.

8.-Retrasar al máximo el ingreso en centros asistenciales, siempre que las condiciones personales y las del entorno lo hagan posible.

9.-Implicar a los propios destinatarios del servicio en la resolución de su problemática personal y/o familiar.

Artículo 6.-Normas del servicio.

El Servicio de Ayuda a Domicilio estará regulado por las siguientes normas, que atañen tanto a los trabajadores como a los usuarios del servicio.

La firma del contrato supone la aceptación de las siguientes normas:

1. El Servicio de Ayuda a Domicilio consiste en la prestación de una serie de atenciones básicas a los individuos y a sus familias en su propio domicilio cuando se encuentran en situaciones en las que sus capacidades físicas o mentales estén mermadas.

2. La auxiliar no trabajará en el domicilio del usuario en ausencia de éste.

3. La actuación de la trabajadora de ayuda a domicilio deberá ajustarse al proyecto técnicamente establecido. Su "patrón" no es el usuario, sino el Ayuntamiento.

4. Cualquier queja o sugerencia del usuario respecto de la ayuda a domicilio, deberá ponerla en conocimiento del técnico responsable y no ser dirimido entre la trabajadora de ayuda a domicilio y el usuario.

5. Cuando por cualquier circunstancia fuese necesario realizar un cambio en el horario o una sustitución en la trabajadora familiar, podrá realizarse sin ninguna medición con el usuario estando igualmente vigente el contrato.

6. Los usuarios quedan obligados a comunicar cualquier cambio de domicilio, teléfono u otros datos de interés.

7. La atención establecida no puede interferir ni limitar el derecho del beneficiario a su intimidad. En consecuencia, la trabajadora familiar no podrá acompañarse de nadie ajeno al Servicio de Ayuda a Domicilio cuando accede a su trabajo, y nunca hará comentarios sobre los casos que está llevando fuera del hogar del usuario que atenten contra su derecho.

8. El usuario correrá con los gastos de limpieza, aseo, comida...; sólo en los casos especiales, detectados por la trabajadora familiar o técnico responsable, se valorará la gestión de una ayuda económica para este concepto.

9. Cuando se trate de un apoyo en el aseo personal, el usuario dispondrá de guantes de látex para uso de las trabajadoras familiares.

10. La trabajadora de ayuda a domicilio no puede permitir que sea el usuario quien oriente el servicio. Se exige el control por parte de un responsable del servicio.

11. La trabajadora de ayuda a domicilio mantendrá un equilibrio afectivo ajustado con el usuario. Tratará de controlar el trabajo racional con el emocional, acatando las normas propuestas.

12. A la trabajadora familiar no le está permitido recibir en custodia dinero, joyas ni objeto alguno.

13. La trabajadora familiar no podrá realizar visitas al domicilio del usuario del horario establecido.

14. El trabajador familiar no dará su teléfono al usuario ni llamará por teléfono al usuario fuera del horario laboral.

15. No dispondrá de las llaves de ningún domicilio, excepto cuando las condiciones del caso así lo exijan y siempre con el consentimiento del responsable técnico directo del servicio y, por supuesto, a demanda del usuario.

16. Los usuarios se abstendrán en todo momento de hacer comentario alguno acerca de la vida personal o modo de actuar de la trabajadora (o familia) fuera del horario laboral en el que se atiende, pudiendo ser este motivo suficiente para causarle la baja inmediata en el servicio. Cuando suceda una situación de este tipo que derive en una desacreditación de la trabajadora familiar, la persona responsable del servicio le comunicará la baja personalmente.

17. Queda a criterio del personal técnico del Servicio de Ayuda a Domicilio el reforzar con personal de apoyo (otra trabajadora más, objetores de conciencia, voluntariado, etc.) a la trabajadora familiar asignada para el caso en ese momento.

18. Cuando el usuario no se encuentre en el domicilio en el horario fijado para su atención, el trabajador familiar no tiene obligación de permanecer a la espera.

19. El trabajador familiar ajustará sus tareas exclusivamente a las detalladas en el contrato firmado por el usuario.

20. Cuando un usuario quiera modificar algún aspecto de su contrato deberá acudir al responsable del Servicio de Ayuda a Domicilio de cara a formular uno nuevo.

21. De manera general, el Servicio de Ayuda a Domicilio no realizará tareas de:

- Limpieza de portales y escaleras de la comunidad.

- Labores de jardín o huerta.

- Alimentación y aseo de animales y en concreto todas aquellas que no sean de verdadera necesidad para las personas atendidas. No obstante esta valoración se realizará siempre individualmente atendiendo a las circunstancias personales de la persona antendida.

22. Cada usuario estará sujeto a una tarifa, que deberá abonar mensualmente; para ello, podrá fijar la autorización bancaria que se adjunta. Dicha tarifa se calcula en función de los ingresos económicos familiares.

23. Las tarifas sufrirán una revisión anual, estando obligado el usuario a actualizar la documentación pertinente que a mes de enero se le solicitará.

24. Cuando ocurra que la trabajadora familiar que atiende regularmente el caso no pueda asistir al trabajo por las razones que sean (baja por enfermedad, motivos, personales, etc.) se cubrirá la atención con otro personal del mismo Servicio de Ayuda a Domicilio municipal, o bien con profesionales contratados para el momento.

No obstante, cuando la sustitución no pueda realizarse por las causas que fueran y, por tanto, no se le atienda, se le descontará de la mensualidad en curso las horas que no se le cubrieron.

25. Al mismo tiempo, cuando sea el usuario quien decida no cubrir la atención en los casos de ausencia de la trabajadora familiar asignada, se le pasará la mensualidad sin modificación alguna.

26. Si con anterioridad al 15 de junio se comunica por escrito el deseo de suspensión del servicio durante le período vacacional (julio, agosto o ambos meses), se le reservará la plaza hasta el 1 de septiembre, sin coste alguno.

Artículo 7.-Causas de extinción del servicio.

a) Falta de colaboración de la persona o familia atendida para llevar a buen término las tareas propuestas.

b) Ingreso hospitalario o en residencia.

c) Por fallecimiento.

d) Cuando el usuario se ausente del domicilio (ingreso en residencia, vacaciones, visita a algún familiar...), estará obligado a comunicarlo en un plazo de dos días al responsable técnico del servicio; en caso contrario, se le pasará la mensualidad con normalidad sin repercutir ningún tipo de descuento sobre la tarifa habitual.

e) Cuando la baja en el servicio sea voluntaria deberá firmar el cese, quedando invalidada la vinculación entre usuario y el Ayuntamiento.

f) Por incumplimiento de las condiciones del contrato.

g) Será baja obligada e inmediata aquel usuario que, habiendo mostrado su desconfianza, denuncie infundadamente a un trabajador familiar de usurpación de bienes.

Artículo 8.-Personal.

Para la puesta en marcha de este servicio será imprescindible la intervención de los técnicos responsables de los servicios sociales de atención primaria de esta mancomunidad, quienes realizarán la labor de diagnóstico, seguimiento y evaluación de las casuísticas presentadas. En un segundo momento entrarán a participar de la intervención las trabajadoras familiares de ayuda a domicilio, quienes se encargarán de la ejecución del proyecto individual planteado para cada caso en la parte que el técnico responsable determine.

Artículo 9.-Tramitación de acceso al servicio.

El acceso al servicio se tramitará desde el centro de servicios sociales municipal, donde se procederá a:

- Recoger la demanda por parte del servicio de información y orientación social.

- Se facilitará modelo de solicitud (anexo I) dirigida al señor alcalde, a la cual habrá que agregar:

* Fotocopia del DNI.

* Justificante de ingresos económicos (copia compulsada de la última declaración de la renta, certificado de la pensión percibida o últimas nóminas y/o tarjeta de demanda de empleo de todos los miembros de la unidad familiar).

* Certificado de empadronamiento.

* Fotocopia de la cartilla de la Seguridad Social.

La solicitud y documentación será presentada en el registro municipal. A continuación, el técnico responsable del Servicio de Ayuda a Domicilio emitirá el informe de valoración basado en los criterios de acceso al servicio que se recogen en el anexo II. Según éstos, adjudicación del servicio a un lugar en la lista de espera según la urgencia del caso.

Dicha resolución será comunicada al interesado.

Los usuarios del SAD estarán obligados a comunicar al centro de servicio sociales de atención primaria cualquier modificación que se produzca con respecto a cambio de domicilio, teléfono, de las de ausencia en el servicio, así como variaciones en su situación socioeconómica y familiar.

Artículo 10.-Requisitos para la puesta en funcionamiento.

Una vez sea resuelta favorablemente la solicitud de ayuda a domicilio por la comisión de gobierno o Pleno municipal, si fuera el caso, será requisito imprescindible que el usuario interesado firme un contrato interno (anexo III), a modo de compromiso de respeto a las normas del servicio, así como tareas que se van a realizar, horarios, días y aportación económica correspondiente.

Asimismo firmará el impreso de domiciliación bancaria para que le sea efectuado el cobro mensual del servicio prestado (anexo IV).

Artículo 11.-Tarifas.

De acuerdo con el artículo 45.3 de la Ley 39/88, de Haciendas Locales, del 28 de diciembre, existiendo razones de tipo social que así lo aconsejen, las tarifas se fijarán por debajo del servicio prestado. Los usuarios deberán colaborar en función de su renta per cápita familiar a cofinanciar el coste del servicio, excepto aquellos con una renta per cápita bruta mensual inferior a la mitad del salario mínimo interprofesional, que accederán en condiciones de gratuidad al servicio.

Los precios públicos a liquidar por la prestación de los citados trabajos de ayuda a domicilio para 1998 son los expresados en el anexo V.

 

TARIFAS DEL SERVICIO MUNICIPAL DE AYUDA A DOMICILIO. AÑO 1998

 

- RPC/mes bruta < 37.280 ptas.

5 horas/sem.: 0

4 horas/sem.: 0

3 horas/sem.: 0

2 horas/sem.: 0

1 hora/sem.: 0.

- RPC/mes bruta: 37.280 ptas. a 44.999 ptas.

5 horas/sem.: 1.300

4 horas/sem.: 1.000

3 horas/sem.: 800

2 horas/sem.: 500

1 hora/sem.: 300.

- RPC/mes bruta: 45.000 ptas. a 51.999 ptas.

5 horas/sem.: 2.600

4 horas /sem.: 2.100

3 horas/sem.: 1.500

2 horas/sem.: 1.000

1 hora/sem.: 525.

- RPC/mes bruta: 52.000 ptas. a 59.999 ptas.

5 horas/sem.: 3.500

4 horas/sem.: 3.000

3 horas/sem.: 2.500

2 horas/sem.: 2.000

1 hora/sem.: 800.

- RPC/mes bruta: 60.000 ptas. a 69.999 ptas.

5 horas/sem.: 4.000

4 horas/sem.: 3.400

3 horas/sem.: 2.600

2 horas/sem.: 2.200

1 hora/sem.: 1.000.

- RPC/mes bruta: 70.000 ptas. a 79.999 ptas.

5 horas/sem.: 9.500

4 horas/sem.: 7.900

3 horas/sem.: 5.500

2 horas/sem.: 4.000

1 hora/sem.: 2.000.

- RPC/mes bruta: 80.000 ptas. a 89.999 ptas.

5 horas/sem.: 13.000

4 horas/sem.: 10.500

3 horas/sem.: 8.000

2 horas/sem.: 5.300

1 hora/sem.: 2.500.

- RPC/mes bruta: 90.000 ptas. en adelante.

5 horas/sem.: 16.000

4 horas/sem.: 13.000

3 horas/sem.: 10.000

2 horas/sem.: 6.500

1 hora/sem.: 3.500.

La obligación de pagar nace desde que se inicia la prestación del servicio, es decir, el día primero del mes corriente, y el primero de todos los meses siguientes:

Artículo 12.

En lo no dispuesto en la presente ordenanza será de aplicación la ordenanza general de precios públicos.

ANEXO I

Don/doña ..., con domicilio en ..., teléfono ..., con DNI ..., a Ud., solicita plaza en el Servicio de Ayuda a Domicilio.

..., a ... de ... de 199 ...

Señor alcalde-presidente del Ayuntamiento de ...

ANEXO II


Número de miembros
Porcentaje de ingresos (anuales entre 12 meses) en relación al SMI 1 2 3

Puntuación
Ingresos inferiores al 60% del SMI 30 30 30
Ingresos entre el 60% y el 70% del SMI 29 29 30
Ingresos entre el 70% y 80% del SMI 28 29 30
Ingresos entre el 80% y 90% del SMI 27 28 29
Ingresos entre el 90% y 100% del SMI 26 27 28
Ingresos entre el 100% y 110% del SMI 25 26 27
Ingresos entre el 110% y 120% del SMI 24 25 26
Ingresos entre el 120% y 130% del SMI 23 24 25
Ingresos entre el 130% y 140% del SMI 22 23 24
Ingresos entre el 140% y 150% del SMI 21 22 23
ingresos entre el 150% y 160% del SMI 19 20 21
Ingresos entre el 160% y 170% del SMI 17 18 19
Ingresos entre el 170% y 180% del SMI 15 16 17
Ingresos entre el 180% y 190% del SMI 13 14 15
Ingresos entre el 190% y 200% del SMI 10 11 12
Ingresos entre el 200% y 210% del SMI 7 8 9
Ingresos entre el 210% y 220% del SMI 4 5 6
Ingresos entre el 220% y 230% del SMI 1 2 3
Ingresos entre el 230% y 240% del SMI 0 1 2
Ingresos superiores al 240% del SMI 0 0 0

 

1.2. Autonomía personal.

Descripción de 14 actuaciones puntuadas de la siguiente manera:

0 puntos: normalmente.

1 punto: con alguna dificultad.

2 puntos: con mucha dificultad.

3 puntos: no puede.

a) Puede barrer y fregar la casa.

0 1 2 3

b) Puede limpiar el polvo a los muebles, limpiar el cuarto de baño, etc.

0 1 2 3

c) Puede lavar a mano, tender y planchar la ropa.

0 1 2 3

d) Puede vestirse y desvestirse.

0 1 2 3

e) Puede levantarse y acostarse en la cama, levantarse y sentarse en una silla o sillón.

0 1 2 3

f) Puede realizar compras en las tiendas de la zona.

0 1 2 3

g) Puede realizar gestiones, ir al médico, oficina, bancos, etc.

0 1 2 3

h) Puede cocinar y lavar los platos.

0 1 2 3

i) Puede asearse y bañarse.

0 1 2 3

j) Puede procurarse los cuidados socio-sanitarios básicos.

0 1 2 3

k) Hace sus necesidades sin ayuda, no presenta incontinencia anal u orinaria.

0 1 2 3

l) Puede manejar los aparatos de calefacción, agua caliente, interruptores de luz, gas, etc.

0 1 2 3

ll) Posee orientación témporo-espacial.

0 1 2 3

m) Posee actitud coherente.

0 1 2 3

Para obtener la puntuación final de esta apartado se aplicará la siguiente tabla, por lo que la puntuación obtenida (total puntos) le corresponderá una determinada puntuación en el baremo (columna baremo).

 

 

1.3. Situación socio-familiar.

Nos podremos encontrar con tres situaciones:

A) La ayuda que se le presta al solicitante, provenga tanto de familiares directos, indirectos, vecinos u otras personas.

B) La posibilidad de prestar ayuda considerándose la posibilidad de familiares directos, así como la de indirectos o vecinos únicamente en el caso de que ayuden realmente.

C) Aquellas situaciones en las que la persona elige libremente vivir sola, teniendo familiares que se pueden hacer cargo de ella; en estos casos no se tendrán en cuenta los puntos A y B y se obtendrá una puntuación fija y directamente de 5 puntos en concepto de situación socio-familiar.

* Situación A (ayuda que se le presta).

1.-La persona no percibe ningún tipo de ayuda, por inexistencia, incapacidad total o residencia en municipios lejanos al del solicitante por parte de familiares directos, no teniendo ayuda de otros familiares o vecinos: 15 puntos.

2.-La persona no percibe ningún tipo de ayuda, poseyendo familiares directos en el municipio o en municipios cercanos que pueden ayudarle: 13 puntos.

3.-La persona percibe ayuda, pero la que se lo presta presenta las siguientes dificultades:

3.1.-Aspecto socio-laboral.

3.1.1.-Persona desocupada y/o inactiva sin cargas familiares: 0 puntos.

3.1.2.-Falta de tiempo para el desempeño de actividades de ocio y tiempo libre y/o formación no reglada sin vistas a la búsqueda de un empleo: 1 punto.

3.1.3.-Trabaja por la mañana o por la tarde, realiza estudios reglados con vistas al desarrollo de una profesión. Tiene 1 ó 2 hijos menores de 14 años y es la persona encargada de su cuidado: 3 puntos.

3.1.4.-Trabaja mañana y tarde. Tiene tres o más hijos menores de 14 años y es la persona encargada de su cuidado. Tiene 1 o más hijos minusválidos y/o con necesidad de cuidados especiales, y es la persona encargada de proporcionárselos: 5 puntos.

3.2.-Aspecto físico-psíquico:

3.2.1.-Realiza actividades que implican un desarrollo motor normal tanto en motora fina como gruesa. Tiene un buen estado de salud mental: 0 puntos.

3.2.2.-No realiza con precisión actividades que impliquen un desarrollo motor en motora fina pero sí lo hace en motora gruesa: 3 puntos.

3.2.3.-Realiza actividades que implican un desarrollo motor en la motora fina, pero presenta gran dificultad en la motora gruesa. No tiene un buen estado de salud mental. Grandes déficits en la visión y/o audición que la dificultan el ayudar, aunque no se lo impiden totalmente: 3 puntos.

3.2.4.-Realiza actividades que implican un desarrollo motor en la motora fina, pero presenta gran dificultad en la motora gruesa. No tiene un buen estado de salud mental. Grandes déficits en la visión y/o audición que le impiden o dificultan gravemente el ayudar: 5 puntos

3.3.-Cantidad de ayuda prestada:

3.3.1.-Ayuda diaria o de 6 días a la semana, más de 4 horas al día. Ayuda superior a 25 horas semanales: 0 puntos.

3.3.2.-Ayuda de 6 ó 7 días semanales entre 3 y 4 horas al día. Ayuda de 4 ó 5 días semanales más de 4 horas al día. Ayuda entre 16 y 25 horas semanales: 2 puntos.

3.3.3.-Ayuda de 6 ó 7 días semanales entre 2 y 3 horas al día. Ayuda de 4 ó 5 días semanales entre 3 y 4 horas al día. Ayuda de 2 ó 3 días semanales más de 6 horas al día. Ayuda entre 12 y 18 horas semanales: 3 puntos.

3.3.4.-Ayuda de 6 ó 7 días semanales inferior a 2 horas al día. Ayuda de 4 ó 5 días semanales entre 2 y 3 horas al día. Ayuda de 2 ó 3 días semanales entre 3 y 4 horas al día. Ayuda entre 6 y 12 horas semanales: 4 puntos.

3.3.5.-Ayuda de 4 ó 5 días semanales inferior a 2 horas al día. Ayuda de 2 ó 3 días semanales inferior a 3 horas al día. Ayuda igual o inferior a 6 horas semanales: 5 puntos.

* Situación B (posibilidad de ayuda).

1.-No existe ninguna posibilidad por parte de familiares directos a prestarle ayuda, ya sea por inexistencia, incapacidad total o residir en municipios lejanos a la población del solicitante, no recibiendo ayuda de otros familiares o vecinos: 20 puntos.

2.-La persona que más posibilidades tiene para ayudar presenta las siguientes dificultades:

2.1.-Aspecto socio-cultural.

2.1.1.-Persona desocupada y/o inactiva sin cargas familiares: 0 puntos.

2.1.2.-Falta de tiempo para el desempeño de actividades de ocio y tiempo libre y/o formación no reglada sin vistas a la búsqueda de un empleo: 1 punto.

2.1.3.-Trabaja por la mañana o por la tarde, realiza estudios reglados con vistas al desarrollo de una profesión. Tiene 1 ó 2 hijos menores de 14 años y es la persona encargada de su cuidado: 4 puntos.

2.1.4.-Trabaja mañana y tarde. Tiene tres o más hijos menores de 14 años y es la persona encargada de su cuidado. Tiene 1 o más hijos minusválidos y/o con necesidad de cuidados especiales, y es la persona encargada de proporcionárselos: 6 puntos.

 

2.2.-Aspecto físico-psíquico.

2.2.1.-Realiza actividades que implican un desarrollo motor normal tanto en motora fina como gruesa. Tiene un buen estado de salud mental: 0 puntos.

2.2.2.-No realiza con precisión actividades que impliquen un desarrollo motor en motora fina pero sí lo hace en motora gruesa: 3 puntos.

2.2.4.-Realiza actividades que implican un desarrollo motor en la motora fina pero con gran dificultad en la motora gruesa. Problemas ocasionales y pasajeros de salud mental. Déficits en la visión y audición que le dificultan el ayudar, aunque no se lo impiden totalmente: 4 puntos.

2.2.5.-Gran dificultad para realizar actividades que implican un desarrollo motor tanto en la motora fina como en la motora gruesa. No tienen un buen estado de salud mental. Grandes déficits en la visión y/o en la audición que le impiden ayudar: 6 puntos.

 

2.3.-Tiempo posible de dedicación para prestar ayuda.

2.3.1.-Ayuda diaria o de 6 días a la semana más de 4 horas al día. Ayuda superior a 25 horas semanales: 0 puntos.

2.3.2.-Ayuda de 6 ó 7 días semanales entre 3 y 4 horas al día. Ayuda de 4 ó 5 días semanales más de 4 horas al día. Ayuda entre 18 y 25 horas semanales: 2 puntos.

2.3.3.-Ayuda de 6 ó 7 días semanales entre 2 y 3 horas al día. Ayuda de 4 ó 5 días semanales entre 3 y 4 horas al día. Ayuda de 2 ó 3 días semanales más de 6 horas al día. Ayuda entre 13 y 18 horas semanales: 3 puntos.

2.3.4.-Ayuda de 6 ó 7 días semanales inferior a 2 horas al día, ayuda de 4 ó 5 días semanales entre 2 y 3 horas al día. Ayuda de 2 ó 3 días semanales entre 3 y 4 horas al día. Ayuda entre 6 y 13 horas semanales: 4 puntos.

2.3.5.-Ayuda de 4 ó 5 días semanales inferior a 2 horas al día. Ayuda de 2 ó 3 días semanales inferior a 3 horas al día. Ayuda igual o inferior a 6 horas semanales: 6 puntos.

 

2.4.-Relaciones con las personas que le prestan o pueden prestar ayuda:

2.4.1.-Buenas relaciones: 0 puntos.

2.4.2.-Problemas leves de carácter transitorio: 2 puntos.

2.4.3.-Problemas leves permanentes: 3 puntos.

2.4.4.-Problemas graves en la relación: 5 puntos.

 

Nota: en el caso de que tras la suma de la situación A ayuda que se presta más la situación, posibilidad de ayuda, se obtuviese una puntuación superior a 35 puntos, se consignará como puntuación máxima de la persona 35 puntos, por ser ésta la puntuación más a reflejar en la situación socio-familiar del bloque A.

Situación C.

Persona que elige libremente vivir sola pudiendo estar con algún familiar, del cual podrá recibir atención y cuidados: 5 puntos.

 

2. Personas cuya problemática no se debe a factores de autonomía personal.

1.-Situación económica: 34 puntos.

2.-Situación socio-familiar: 60 puntos.

3.-Número menores: 6 puntos.

2.1.-Situación económica.

La puntuación en este apartado se obtendrá con la aplicación de la siguiente tabla:


N.º de miembros
Porcentaje de ingresos (anuales entre 12 meses) en relación al SMI 1 2 3 4 5 6 7
PUNTUACIÓN
Ingresos inferiores al 60% del SMI 30 30 30 31 32 33 34
Ingresos entre el 60% y 70% del SMI 29 30 30 31 32 33 34
Ingresos entre el 70% y 80% del SMI 28 29 30 31 32 33 34
Ingresos entre el 80% y 90% del SMI 27 28 29 30 31 32 33
Ingresos entre el 90% y 100% del SMI 26 27 28 28 30 31 32
Ingresos entre el 100% y 110% del SMI 25 26 27 28 29 30 31
Ingresos entre el 110% y 120% del SMI 24 25 26 27 28 29 30
Ingresos entre el 120% y 130% del SMI 23 24 25 26 27 28 29
Ingresos entre el 130% y 140% del SMI 22 23 24 25 26 27 28
Ingresos entre el 140% y 150% del SMI 21 22 23 24 25 26 27
Ingresos entre el 150% y 160% del SMI 19 20 21 22 23 24 25
Ingresos entre el 160% y 170% del SMI 17 18 19 20 21 22 23
Ingresos entre el 170% y 180% del SMI 15 16 17 18 19 20 21
Ingresos entre el 180% y 190% del SMI 13 14 15 16 17 18 19
Ingresos entre el 190% y 200% del SMI 10 11 12 13 14 15 16
Ingresos entre el 200% y 210% del SMI 7 8 9 10 11 12 13
Ingresos entre el 210% y 220% del SMI 4 5 6 7 8 9 10
Ingresos entre el 220% y 230% del SMI 1 2 3 4 5 6 7
Ingresos entre el 230% y 240% del SMI 0 1 2 3 4 5 6
Ingresos superiores al 240% del SMI 0 0 0 0 0 0 0

 

2.2.-Situación socio-familiar.

Presenta dos situaciones excluyentes entre sí, atendiendo al as diferentes características de la problemática presentada en una y otra situación.

* Situación A.

A.1.-Padre, tutor u otro miembro.

A.1.1.-Aspecto socio-laboral.

a) Persona desocupada y/o inactiva sin cargas familiares: 0 puntos.

b) Falta de tiempo para el desempeño de actividades de ocio y tiempo libre y/o formación no reglada con vista a la búsqueda de un empleo: 4 puntos.

c) Trabaja por la mañana o por la tarde, realiza estudios reglados con vistas al desarrollo de una profesión. Tiene 1 ó 2 hijos menores de 14 años y es la persona encargada de su cuidado: 16 puntos.

d) Trabaja mañana y tarde. Tiene 3 o más hijos menores de 14 años y es la persona encargada de su cuidado. Tiene 1 o más hijos minusválidos y/o con necesidad de cuidados especiales, y es la persona encargada de proporcionárselos: 20 puntos.

A.1.2.-Aspecto físico-psíquico.

a) Realiza actividades que implican un desarrollo motor normal tanto en motora fina como gruesa. Tiene un buen estado de salud mental: 0 puntos.

b) No realiza con precisión actividades que impliquen un desarrollo motor en motora fina pero sí lo hace en motora gruesa: 10 puntos.

c) Realiza actividades que implican un desarrollo motor en motora fina, pero con alguna dificultad en motora gruesa: 16 puntos.

d) Gran dificultad para realizar actividades que implican un desarrollo motor tanto en la motora fina como en la motora gruesa. No tiene un buen estado de salud mental. Grandes déficits de visión y/o audición que lo impiden ayudar: 20 puntos.

A.1.3.-Tiempo posible de dedicación para prestar ayuda.

a) Ayuda diaria o de 6 días a la semana, más de 4 horas al día. Ayuda superior a 25 horas semanales: 0 puntos.

b) Ayuda de 6 ó 7 días semanales entre 3 y 4 horas al día. Ayuda de 4 ó 5 días semanales más de 4 horas al día. Ayuda entre 18 y 35 horas semanales: 8 puntos.

c) Ayuda de 6 ó 7 días semanales entre 2 y 3 horas al día. Ayuda de 4 ó 5 días semanales entre 3 y 4 horas al día. Ayuda de 2 ó 3 días semanales más de 6 horas al día. Ayuda entre 12 y 18 horas semanales: 16 puntos.

d) Ayuda de 4 ó 5 días inferior a 2 horas al día. Ayuda de 2 ó 3 días semanales inferior a 3 horas al día. Ayuda igual o inferior a 6 horas semanales: 20 puntos.

* Situación B.

Familia desestabilizada por problemas de relación entre sus miembros, falta de hábitos adecuados de convivencia y/o dificultades de relación con el entorno social: familias cuyos padres no asumen el rol adecuadamente, carentes de hábitos higiénicos, de nutrición, escolares, etc.; familias o personas carentes de formación necesaria para el adecuado desempeño de las actividades cotidianas básicas: 55 puntos.

* Nota: la situación A y la situación B son excluyentes entre sí.

2.3.-Número de menores de la unidad de convivencia.

0 menores: 0 puntos.

1 menor: 1 punto.

2 menores: 2 puntos.

3 menores: 3 puntos.

4 menores: 4 puntos.

5 menores: 5 puntos.

6 o más menores: 6 puntos.

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Criterios de selección al servicio:

Los criterios de selección se basan en el baremo de puntuación que a continuación se especifica y a la urgencia del caso y disponibilidad del servicio.

Baremo de puntuación:

Existen dos posibilidades de acceso, bien a través del baremo para personas con problemas de autonomía personal o bien a través del baremo para personas cuya problemática no es debida a factores de autonomía personal.

1. Personas con problemas de autonomía personal.

Situación económica: 30 puntos.

Autonomía personal: 35 puntos.

Situación socio-familiar: 35 puntos.

1.1. Situación económica.

La puntuación en este apartado se obtendrá con la aplicación de la siguiente tabla:

 


Número de miembros
Porcentaje de ingresos (anuales entre 12 meses) en relación al SMI 1 2 3

Puntuación
Ingresos inferiores al 60% del SMI 30 30 30
Ingresos entre el 60% y el 70% del SMI 29 29 30
Ingresos entre el 70% y 80% del SMI 28 29 30
Ingresos entre el 80% y 90% del SMI 27 28 29
Ingresos entre el 90% y 100% del SMI 26 27 28
Ingresos entre el 100% y 110% del SMI 25 26 27
Ingresos entre el 110% y 120% del SMI 24 25 26
Ingresos entre el 120% y 130% del SMI 23 24 25
Ingresos entre el 130% y 140% del SMI 22 23 24
Ingresos entre el 140% y 150% del SMI 21 22 23
ingresos entre el 150% y 160% del SMI 19 20 21
Ingresos entre el 160% y 170% del SMI 17 18 19
Ingresos entre el 170% y 180% del SMI 15 16 17
Ingresos entre el 180% y 190% del SMI 13 14 15
Ingresos entre el 190% y 200% del SMI 10 11 12
Ingresos entre el 200% y 210% del SMI 7 8 9
Ingresos entre el 210% y 220% del SMI 4 5 6
Ingresos entre el 220% y 230% del SMI 1 2 3
Ingresos entre el 230% y 240% del SMI 0 1 2
Ingresos superiores al 240% del SMI 0 0 0

 

1.2. Autonomía personal.

Descripción de 14 actuaciones puntuadas de la siguiente manera:

0 puntos: normalmente.

1 punto: con alguna dificultad.

2 puntos: con mucha dificultad.

3 puntos: no puede.

a) Puede barrer y fregar la casa.

0 1 2 3

b) Puede limpiar el polvo a los muebles, limpiar el cuarto de baño, etc.

0 1 2 3

c) Puede lavar a mano, tender y planchar la ropa.

0 1 2 3

d) Puede vestirse y desvestirse.

0 1 2 3

e) Puede levantarse y acostarse en la cama, levantarse y sentarse en una silla o sillón.

0 1 2 3

f) Puede realizar compras en las tiendas de la zona.

0 1 2 3

g) Puede realizar gestiones, ir al médico, oficina, bancos, etc.

0 1 2 3

h) Puede cocinar y lavar los platos.

0 1 2 3

i) Puede asearse y bañarse.

0 1 2 3

j) Puede procurarse los cuidados socio-sanitarios básicos.

0 1 2 3

k) Hace sus necesidades sin ayuda, no presenta incontinencia anal u orinaria.

0 1 2 3

l) Puede manejar los aparatos de calefacción, agua caliente, interruptores de luz, gas, etc.

0 1 2 3

ll) Posee orientación témporo-espacial.

0 1 2 3

m) Posee actitud coherente.

0 1 2 3

Para obtener la puntuación final de esta apartado se aplicará la siguiente tabla, por lo que la puntuación obtenida (total puntos) le corresponderá una determinada puntuación en el baremo (columna baremo).

 

Total puntos Baremo
1 1
2 2
3 3
4 3
5 4
6 5
7 6
8 7
9 8
10 8
11 9
12 10
13 11
14 12
15 13
16 13
17 14
18 15
19 16
20 17
21 18
22 18
23 19
24 20
25 21
26 22
27 23
28 23
29 24
30 25
31 26
32 27
33 28
34 28
35 29
36 30
37 31
38 32
39 33
40 33
41 34
42 35




1.3. Situación socio-familiar.

 

Nos podremos encontrar con tres situaciones:

A) La ayuda que se le presta al solicitante, provenga tanto de familiares directos, indirectos, vecinos u otras personas.

B) La posibilidad de prestar ayuda considerándose la posibilidad de familiares directos, así como la de indirectos o vecinos únicamente en el caso de que ayuden realmente.

C) Aquellas situaciones en las que la persona elige libremente vivir sola, teniendo familiares que se pueden hacer cargo de ella; en estos casos no se tendrán en cuenta los puntos A y B y se obtendrá una puntuación fija y directamente de 5 puntos en concepto de situación socio-familiar.

* Situación A (ayuda que se le presta).

1.-La persona no percibe ningún tipo de ayuda, por inexistencia, incapacidad total o residencia en municipios lejanos al del solicitante por parte de familiares directos, no teniendo ayuda de otros familiares o vecinos: 15 puntos.

2.-La persona no percibe ningún tipo de ayuda, poseyendo familiares directos en el municipio o en municipios cercanos que pueden ayudarle: 13 puntos.

3.-La persona percibe ayuda, pero la que se lo presta presenta las siguientes dificultades:

3.1.-Aspecto socio-laboral.

3.1.1.-Persona desocupada y/o inactiva sin cargas familiares: 0 puntos.

3.1.2.-Falta de tiempo para el desempeño de actividades de ocio y tiempo libre y/o formación no reglada sin vistas a la búsqueda de un empleo: 1 punto.

3.1.3.-Trabaja por la mañana o por la tarde, realiza estudios reglados con vistas al desarrollo de una profesión. Tiene 1 ó 2 hijos menores de 14 años y es la persona encargada de su cuidado: 3 puntos.

3.1.4.-Trabaja mañana y tarde. Tiene tres o más hijos menores de 14 años y es la persona encargada de su cuidado. Tiene 1 o más hijos minusválidos y/o con necesidad de cuidados especiales, y es la persona encargada de proporcionárselos: 5 puntos.

3.2.-Aspecto físico-psíquico:

3.2.1.-Realiza actividades que implican un desarrollo motor normal tanto en motora fina como gruesa. Tiene un buen estado de salud mental: 0 puntos.

3.2.2.-No realiza con precisión actividades que impliquen un desarrollo motor en motora fina pero sí lo hace en motora gruesa: 3 puntos.

3.2.3.-Realiza actividades que implican un desarrollo motor en la motora fina, pero presenta gran dificultad en la motora gruesa. No tiene un buen estado de salud mental. Grandes déficits en la visión y/o audición que la dificultan el ayudar, aunque no se lo impiden totalmente: 3 puntos.

3.2.4.-Realiza actividades que implican un desarrollo motor en la motora fina, pero presenta gran dificultad en la motora gruesa. No tiene un buen estado de salud mental. Grandes déficits en la visión y/o audición que le impiden o dificultan gravemente el ayudar: 5 puntos

3.3.-Cantidad de ayuda prestada:

3.3.1.-Ayuda diaria o de 6 días a la semana, más de 4 horas al día. Ayuda superior a 25 horas semanales: 0 puntos.

3.3.2.-Ayuda de 6 ó 7 días semanales entre 3 y 4 horas al día. Ayuda de 4 ó 5 días semanales más de 4 horas al día. Ayuda entre 16 y 25 horas semanales: 2 puntos.

3.3.3.-Ayuda de 6 ó 7 días semanales entre 2 y 3 horas al día. Ayuda de 4 ó 5 días semanales entre 3 y 4 horas al día. Ayuda de 2 ó 3 días semanales más de 6 horas al día. Ayuda entre 12 y 18 horas semanales: 3 puntos.

3.3.4.-Ayuda de 6 ó 7 días semanales inferior a 2 horas al día. Ayuda de 4 ó 5 días semanales entre 2 y 3 horas al día. Ayuda de 2 ó 3 días semanales entre 3 y 4 horas al día. Ayuda entre 6 y 12 horas semanales: 4 puntos.

3.3.5.-Ayuda de 4 ó 5 días semanales inferior a 2 horas al día. Ayuda de 2 ó 3 días semanales inferior a 3 horas al día. Ayuda igual o inferior a 6 horas semanales: 5 puntos.

* Situación B (posibilidad de ayuda).

1.-No existe ninguna posibilidad por parte de familiares directos a prestarle ayuda, ya sea por inexistencia, incapacidad total o residir en municipios lejanos a la población del solicitante, no recibiendo ayuda de otros familiares o vecinos: 20 puntos.

2.-La persona que más posibilidades tiene para ayudar presenta las siguientes dificultades:

2.1.-Aspecto socio-cultural.

2.1.1.-Persona desocupada y/o inactiva sin cargas familiares: 0 puntos.

2.1.2.-Falta de tiempo para el desempeño de actividades de ocio y tiempo libre y/o formación no reglada sin vistas a la búsqueda de un empleo: 1 punto.

2.1.3.-Trabaja por la mañana o por la tarde, realiza estudios reglados con vistas al desarrollo de una profesión. Tiene 1 ó 2 hijos menores de 14 años y es la persona encargada de su cuidado: 4 puntos.

2.1.4.-Trabaja mañana y tarde. Tiene tres o más hijos menores de 14 años y es la persona encargada de su cuidado. Tiene 1 o más hijos minusválidos y/o con necesidad de cuidados especiales, y es la persona encargada de proporcionárselos: 6 puntos.

 

2.2.-Aspecto físico-psíquico.

2.2.1.-Realiza actividades que implican un desarrollo motor normal tanto en motora fina como gruesa. Tiene un buen estado de salud mental: 0 puntos.

2.2.2.-No realiza con precisión actividades que impliquen un desarrollo motor en motora fina pero sí lo hace en motora gruesa: 3 puntos.

2.2.4.-Realiza actividades que implican un desarrollo motor en la motora fina pero con gran dificultad en la motora gruesa. Problemas ocasionales y pasajeros de salud mental. Déficits en la visión y audición que le dificultan el ayudar, aunque no se lo impiden totalmente: 4 puntos.

2.2.5.-Gran dificultad para realizar actividades que implican un desarrollo motor tanto en la motora fina como en la motora gruesa. No tienen un buen estado de salud mental. Grandes déficits en la visión y/o en la audición que le impiden ayudar: 6 puntos.

 

2.3.-Tiempo posible de dedicación para prestar ayuda.

2.3.1.-Ayuda diaria o de 6 días a la semana más de 4 horas al día. Ayuda superior a 25 horas semanales: 0 puntos.

2.3.2.-Ayuda de 6 ó 7 días semanales entre 3 y 4 horas al día. Ayuda de 4 ó 5 días semanales más de 4 horas al día. Ayuda entre 18 y 25 horas semanales: 2 puntos.

2.3.3.-Ayuda de 6 ó 7 días semanales entre 2 y 3 horas al día. Ayuda de 4 ó 5 días semanales entre 3 y 4 horas al día. Ayuda de 2 ó 3 días semanales más de 6 horas al día. Ayuda entre 13 y 18 horas semanales: 3 puntos.

2.3.4.-Ayuda de 6 ó 7 días semanales inferior a 2 horas al día, ayuda de 4 ó 5 días semanales entre 2 y 3 horas al día. Ayuda de 2 ó 3 días semanales entre 3 y 4 horas al día. Ayuda entre 6 y 13 horas semanales: 4 puntos.

2.3.5.-Ayuda de 4 ó 5 días semanales inferior a 2 horas al día. Ayuda de 2 ó 3 días semanales inferior a 3 horas al día. Ayuda igual o inferior a 6 horas semanales: 6 puntos.

 

2.4.-Relaciones con las personas que le prestan o pueden prestar ayuda:

2.4.1.-Buenas relaciones: 0 puntos.

2.4.2.-Problemas leves de carácter transitorio: 2 puntos.

2.4.3.-Problemas leves permanentes: 3 puntos.

2.4.4.-Problemas graves en la relación: 5 puntos.

 

Nota: en el caso de que tras la suma de la situación A ayuda que se presta más la situación, posibilidad de ayuda, se obtuviese una puntuación superior a 35 puntos, se consignará como puntuación máxima de la persona 35 puntos, por ser ésta la puntuación más a reflejar en la situación socio-familiar del bloque A.

Situación C.

Persona que elige libremente vivir sola pudiendo estar con algún familiar, del cual podrá recibir atención y cuidados: 5 puntos.

 

2. Personas cuya problemática no se debe a factores de autonomía personal.

1.-Situación económica: 34 puntos.

2.-Situación socio-familiar: 60 puntos.

3.-Número menores: 6 puntos.

2.1.-Situación económica.

La puntuación en este apartado se obtendrá con la aplicación de la siguiente tabla:


N.º de miembros
Porcentaje de ingresos (anuales entre 12 meses) en relación al SMI 1 2 3 4 5 6 7
PUNTUACIÓN
Ingresos inferiores al 60% del SMI 30 30 30 31 32 33 34
Ingresos entre el 60% y 70% del SMI 29 30 30 31 32 33 34
Ingresos entre el 70% y 80% del SMI 28 29 30 31 32 33 34
Ingresos entre el 80% y 90% del SMI 27 28 29 30 31 32 33
Ingresos entre el 90% y 100% del SMI 26 27 28 28 30 31 32
Ingresos entre el 100% y 110% del SMI 25 26 27 28 29 30 31
Ingresos entre el 110% y 120% del SMI 24 25 26 27 28 29 30
Ingresos entre el 120% y 130% del SMI 23 24 25 26 27 28 29
Ingresos entre el 130% y 140% del SMI 22 23 24 25 26 27 28
Ingresos entre el 140% y 150% del SMI 21 22 23 24 25 26 27
Ingresos entre el 150% y 160% del SMI 19 20 21 22 23 24 25
Ingresos entre el 160% y 170% del SMI 17 18 19 20 21 22 23
Ingresos entre el 170% y 180% del SMI 15 16 17 18 19 20 21
Ingresos entre el 180% y 190% del SMI 13 14 15 16 17 18 19
Ingresos entre el 190% y 200% del SMI 10 11 12 13 14 15 16
Ingresos entre el 200% y 210% del SMI 7 8 9 10 11 12 13
Ingresos entre el 210% y 220% del SMI 4 5 6 7 8 9 10
Ingresos entre el 220% y 230% del SMI 1 2 3 4 5 6 7
Ingresos entre el 230% y 240% del SMI 0 1 2 3 4 5 6
Ingresos superiores al 240% del SMI 0 0 0 0 0 0 0

 

2.2.-Situación socio-familiar.

Presenta dos situaciones excluyentes entre sí, atendiendo al as diferentes características de la problemática presentada en una y otra situación.

* Situación A.

A.1.-Padre, tutor u otro miembro.

A.1.1.-Aspecto socio-laboral.

a) Persona desocupada y/o inactiva sin cargas familiares: 0 puntos.

b) Falta de tiempo para el desempeño de actividades de ocio y tiempo libre y/o formación no reglada con vista a la búsqueda de un empleo: 4 puntos.

c) Trabaja por la mañana o por la tarde, realiza estudios reglados con vistas al desarrollo de una profesión. Tiene 1 ó 2 hijos menores de 14 años y es la persona encargada de su cuidado: 16 puntos.

d) Trabaja mañana y tarde. Tiene 3 o más hijos menores de 14 años y es la persona encargada de su cuidado. Tiene 1 o más hijos minusválidos y/o con necesidad de cuidados especiales, y es la persona encargada de proporcionárselos: 20 puntos.

A.1.2.-Aspecto físico-psíquico.

a) Realiza actividades que implican un desarrollo motor normal tanto en motora fina como gruesa. Tiene un buen estado de salud mental: 0 puntos.

b) No realiza con precisión actividades que impliquen un desarrollo motor en motora fina pero sí lo hace en motora gruesa: 10 puntos.

c) Realiza actividades que implican un desarrollo motor en motora fina, pero con alguna dificultad en motora gruesa: 16 puntos.

d) Gran dificultad para realizar actividades que implican un desarrollo motor tanto en la motora fina como en la motora gruesa. No tiene un buen estado de salud mental. Grandes déficits de visión y/o audición que lo impiden ayudar: 20 puntos.

A.1.3.-Tiempo posible de dedicación para prestar ayuda.

a) Ayuda diaria o de 6 días a la semana, más de 4 horas al día. Ayuda superior a 25 horas semanales: 0 puntos.

b) Ayuda de 6 ó 7 días semanales entre 3 y 4 horas al día. Ayuda de 4 ó 5 días semanales más de 4 horas al día. Ayuda entre 18 y 35 horas semanales: 8 puntos.

c) Ayuda de 6 ó 7 días semanales entre 2 y 3 horas al día. Ayuda de 4 ó 5 días semanales entre 3 y 4 horas al día. Ayuda de 2 ó 3 días semanales más de 6 horas al día. Ayuda entre 12 y 18 horas semanales: 16 puntos.

d) Ayuda de 4 ó 5 días inferior a 2 horas al día. Ayuda de 2 ó 3 días semanales inferior a 3 horas al día. Ayuda igual o inferior a 6 horas semanales: 20 puntos.

* Situación B.

Familia desestabilizada por problemas de relación entre sus miembros, falta de hábitos adecuados de convivencia y/o dificultades de relación con el entorno social: familias cuyos padres no asumen el rol adecuadamente, carentes de hábitos higiénicos, de nutrición, escolares, etc.; familias o personas carentes de formación necesaria para el adecuado desempeño de las actividades cotidianas básicas: 55 puntos.

* Nota: la situación A y la situación B son excluyentes entre sí.

2.3.-Número de menores de la unidad de convivencia.

0 menores: 0 puntos.

1 menor: 1 punto.

2 menores: 2 puntos.

3 menores: 3 puntos.

4 menores: 4 puntos.

5 menores: 5 puntos.

6 o más menores: 6 puntos.

ANEXO III.-AYUDA A DOMICILIO

Contrato interno:

Sra.: ...

Domicilio: ...

Teléfono: ...

Acepta los servicios de una trabajadora de ayuda a domicilio, que realizará las tareas de ... y prestará servicio los días ..., de ... horas.

En prueba de conformidad con lo estipulado en el presente contrato, firmo en Ordes, a ... de ... de 1998.

ANEXO IV

Muy señores míos:

Agradecerá a ustedes tomen nota de adeudar en la cuenta abajo detallada los recibos que a nombre de ..., para su cobro le serán presentados de forma mensual por el Servicio de Ayuda a Domicilio del centro municipal de servicios sociales de Ordes.

- Caja o banco: ...

- Sucursal: ...

- Número de cuenta (con todos los dígitos): ...

- Titular: ...

Ordes, a ... de ... de 1998.

Atentamente les saluda ...

Firmado.

ANEXO V

TARIFAS/MES DEL SERVICIO MUNICIPAL DE AYUDA A DOMICILIO. AÑO 1998

 

- RPC/mes bruta < 37.280 ptas.

5 horas/sem.: 0

4 horas/sem.: 0

3 horas/sem.: 0

2 horas/sem.: 0

1 hora/sem.: 0

- RPC/mes bruta: 37.280 ptas. a 44.999 ptas.

5 horas/sem.: 1.300

4 horas/sem.: 1.000

3 horas/sem.: 800

2 horas/sem.: 500

1 hora/sem.: 300

- RPC/mes bruta: 45.000 ptas. a 51.999 ptas.

5 horas/sem.: 2.600

4 horas/sem.: 2.100

3 horas/sem.: 1.500

2 horas/sem.: 1.000

1 hora/sem.: 525.

- RPC/mes bruta: 52.000 ptas. a 59.999 ptas.

5 horas/sem.: 3.500

4 horas/sem.: 3.000

3 horas/sem.: 2.500

2 horas/sem.: 2.000

1 hora/sem.: 800.

- RPC/mes bruta: 60.000 ptas. a 69.999 ptas.

5 horas/sem.: 4.000

4 horas/sem.: 3.400

3 horas/sem.: 2.600

2 horas/sem.: 2.200

1 hora/sem.: 1.000.

- RPC/mes bruta: 70.000 ptas. a 79.999 ptas.

5 horas/sem.: 9.500

4 horas/sem.: 7.900

3 horas/sem.: 5.500

2 horas/sem.: 4.000

1 hora/sem.: 2.000.

- RPC/mes bruta: 80.000 ptas. a 89.999 ptas.

5 horas/sem.: 13.000

4 horas/sem.: 10.500

3 horas/sem.: 8.000

2 horas/sem.: 5.300

1 hora/sem.: 2.500.

- RPC/mes bruta: 90.000 ptas. en adelante.

5 horas/sem.: 16.000

4 horas/sem.: 13.000

3 horas/sem.: 10.000

2 horas/sem.: 6.500

1 hora/sem.: 3.500.