Frades - Ordenanza reguladora de la expedición de tarjetas de estacionamiento para personas minusválidas
Artículo 1.-
Artículo 2.-
Artículo 3.-
La documentación que deberá presentar el interesado es la siguiente:
Solicitud dirigida a la Alcaldía de este Ayuntamiento a los efectos previstos en esta ordenanza. Junto con su carnet de identidad o documento equivalente.
Certificado de minusvalía expedida por los equipos de valoración (EVO) de la Xunta de Galicia o organismo competente a este fin de cualquier otra comunidad autónoma.
Tener reconocida por este organismo la imposibilidad de uso de transporte público.
Dos fotos de tamaño carnet.
En el caso de que el minusválido sea el conductor del vehículo, el permiso de conducir de éste o bien el de aquella persona que lo transporte habitualmente, haciendo constar esta circunstancia mediante declaración jurada de la misma.
Fotocopia del permiso de circulación del vehículo.
Justificación del pago del último recibo del impuesto sobre vehículos de tracción mecánica.
Artículo 4.-
Una vez presentada la solicitud, junto con la documentación que se indica en el apartado anterior, los servicios de asistencia social emitirán al respecto el informe que estimen procedente. Posteriormente la Alcaldía o la Comisión de Gobierno decidirá la concesión o denegación de la correspondiente tarjeta, de acuerdo con el cumplimiento o no de los requisitos exigidos.
La resolución será comunicada al solicitante de acuerdo con el procedimiento establecido en la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y procedimiento administrativo común.