Valdoviño - ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PUBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS EDUCATIVOS, CULTURALES Y DEPORTIVOS

Publicación provisional: 20/01/1999 BOP Nº: 15
Publicación definitiva: 20/01/1999 BOP Nº: 15
Aplicable dende: 10/06/2000

Artículo 3º

El importe del precio público fijado en esta ordenanza cubrirá, como mínimo, el coste del servicio prestado, pudiendo fijarse un precio público por debajo del coste, cuando existan razones sociales, benéficas, culturales o de interés publico que así lo aconsejen:

3.1.º .-Tarifas:

3.1.1.-Deportes:

- Juegos deportivos.

Cuotas de inscripción:

Categoría senior: 1.500 pesetas.

Categoría juvenil: 1.000 pesetas.

Categoría infantil: 500 pesetas.

- Escuelas deportivas (+ 18 años).

2 horas/semana: 1.200 pesetas/mes.

3 horas/semana: 1.700 pesetas/mes.

5 horas/semana: 3.000 pesetas/mes.

- Escuelas deportivas (- 18 años)

1 hora semana: 500 pesetas/mes.

2 horas/semana: 1.000 pesetas/mes.

3 horas/semana: 1.500 pesetas/mes.

5 horas/semana: 2.500 pesetas/mes.

- Cursos de natación

Lunes a viernes (+18): 3.000 pesetas/mes.

Lunes a viernes (-18): 2.000 pesetas/mes.

- Cursos de surf y otras actividades acuáticas

Senior: 11.000 pesetas.

Otras categorías: 9.000 pesetas.

- Cursos de remo o vela menor.

Senior: 20.000 pesetas.

Otras categorías: 15.000 pesetas.

- Otras actividades de formación deportiva.

Los costes se atendrán, de acuerdo con lo preceptuado por la ley, a la cobertura de los gastos de organización, aminorados en la posible parte subvencionada por instituciones públicas o patrocinadores privados. Para cada actividad se elaborará el correspondiente estudio de costes.

3.1.2.-Actividades extraescolares.

Se entienden por actividades extraescolares aquellas actividades de cualquier tipo organizadas por el Ayuntamiento, con personal propio o contratado expresamente para esa finalidad, realizadas en instalaciones propias o en la de los Centros Escolares del Municipio y destinadas a los alumnos de los centros educativos del término, con una duración igual o inferior al curso escolar.

- Cuota única:

Inscripción anual: 5.000 pesetas.

3.1.3.-Actividades culturales.

- Escuelas y talleres de pintura, escultura, alfarería y demás artes plásticas en general, con, al menos 8 horas mensuales de actividad.

Adultos: 4.000 pesetas.

Menores 18 años: 3.000 pesetas.

- Otras escuelas o actividades formativas y servicios culturales.

Los costes se atendrán, de acuerdo con lo preceptuado por la ley, a la cobertura de los gastos de organización, aminorados en la posible parte subvencionada por instituciones públicas o patrocinadores privados. Para cada actividad se elaborará el correspondiente estudio de costes.

3.1.4.-Acampadas juveniles:

5.000 pesetas/semana.