Sada - Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por expedición de documentos administrativos.
Art. 7.-Tarifa
Epígrafe 5.º .5.-Por cada proyecto de obras presentado por particular para construcción de viviendas o edificios: 20.000 ptas.
Epígrafe 5.º .13.-Por cada proyecto de urbanización: 100.000 ptas.
Epígrafe 5.º .15.-Por cada proyecto de segregación o división de fincas:
a) Por las dos primeras parcelas resultantes de la división: 30.000 ptas.
b) Por cada parcela que exceda de las dos primeras: 25.000 ptas.
Se añaden los apartados 16, 17, 18 y 19.
Epígrafe 5.º .16.-Por cada proyecto presentado para obtención de licencia municipal de apertura de actividad sujeta al reglamento de 30 de noviembre de 1.961 de actividades molestas, insalubres, nocivas o peligrosas o al reglamento de 27-08-82 de Policía de Actividades Recreativas: 10.000 ptas.
Epígrafe 5.º .17 .-Por cada solicitud de licencia de apertura de actividad no sujeta a los mencionados reglamentos: 2.500 ptas.
Epígrafe 5.º .18.-Por cada solicitud de cambio de titularidad de licencia urbanística el 10% del importe de la licencia municipal de obras correspondiente.
Epígrafe 5.º .19.-Por cada solicitud de renovación de licencia de construcción de obras mayores: 3.000 ptas.
Artículo 1.º
Artículo 5.º .- Exenciones
Se establece la exención cuando el documento a expedir por parte del Ayuntamiento de Sada tenga las siguientes finalidades:
1. Matriculación en colegios o en centros oficiales de enseñanza.
2. Tramitación de becas.
3. Tramitación de expedientes de servicios sociales.
4. Tramitación de pensiones.
Se suprime el punto 3.º del artículo 10, que decía:
"3. Las certificaciones o documentos que expida la Administración municipal en virtud de oficio de juzgados o tribunales para toda clase de pleitos, no se entregarán ni remitirán sin que previamente se haya satisfecho la correspondiente cuota tributaria