Valdoviño - Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por alcantarillado.

Publicación provisional: BOP Nº:
Publicación definitiva: 09/02/2005 BOP Nº: 31
Aplicable dende: 09/02/2005

Articulo 5.º .-Cuota tributaria

Cuota tributaria

4. En todo caso, las tarifas aplicables serán las siguientes:

I. SERVICIO DE ALCANTARILLADO

A) Vertidos a la red general:

a) Hasta la cantidad de 36 m3 de agua consumida, mínimo consumo y sea cualquiera la cantidad utilizada siempre que no supere aquella el mínimo: 0,18 euros/m3.

b) Por cada m3 de agua consumidos sobre el mínimo anterior: 0,23 euros/m3