Cambre - Ordenanza fiscal de la tasa por expedición de documentos administrativos.
Artículo 7.º .-Tarifa.
La tarifa a que se refiere el artículo anterior se estructura de la siguiente manera:
PESETAS
1.-Certificaciones de documentos de acuerdos municipales del año en curso: 2.500.
2.-Certificaciones de documentos de acuerdos municipales de años anteriores: 3.000.
3.-Certificaciones sobre señales o situaciones de tráfico: 2.500.
4.-Resto de Certificaciones: 2.500.
5.-Bastanteo de poderes: 2.500.
6.-Certificaciones emitidas por Técnicos Municipales: 2.500.
7.-Expedición a instancia de particulares interesados en copias de atestados policiales: 2.500.
8.-Certificación de calificación urbanística: 5.000.
9.-Por cada documento que se expida en fotocopia:
9.1.-Por folio de tamaño DIN A-4: 75.
9.2.-Por folio DIN A-4, de expedientes de contratación: 15.
9.3.-Por hoja tamaño DIN A-3: 100.
9.4.-Mayor DIN A-3, por hoja: 5.000.
9.5.-Compulsa de documentos, por folio: 100.
9.6.-Compulsa de documentos exigidos para la obtención de prestaciones de los servicios sociales municipales o de ayudas a las familias por hijos cursando estudios (bolsas de estudios), por folio: 0.
10.-Documentación catastral:
10.1.-Copia de fotografía aérea en papel opaco: 1.000 pesetas/unidad.
10.2.-Copia de cartografía en papel opaco DIN A-3 o DIN A-4: 1.000 pesetas/unidad.
10.3.-Copia de cartografía en papel opaco en tamaño superior a DIN A-3: 2.000 pesetas/unidad.
10.4.-Copia de cartografía en papel reproducible: 5.000 pesetas/unidad.
10.5.-Copia de cartografía digitalizada urbana: 500 pesetas/hectárea.
10.6.-Información alfanúmerica digital urbana: 10 pesetas/registro.
10.7.-Expedición de copias de información no gráfica de expedientes: 50 pesetas/hoja.
10.8.-En las certificaciones catastrales descriptivas y gráficas referidas únicamente a una unidad urbana, la cuantía será de 2.000 pesetas por documento expedido.
10.9.-En las certificaciones catastrales que incorporen datos con una antigüedad superior a cinco años, la cuantía de la tasa se incrementará en 5.000 pesetas por cada documento expedido.
La entrega y utilización de información catastral gráfica y alfanumérica estarán sujetas a la legislación sobre la propiedad intelectual. Los derechos de autor corresponderán, en todo caso al Ayuntamiento de Cambre y a la Administración General del Estado en la proporción que se determine en la forma prevista en el correspondiente Convenio de Cooperación.