Betanzos - ordenanza fiscal Reguladora de la Tasa por la apertura de zanjas, calicatas y calas en terrenos de uso público, así como las remociones de pavimentos o aceras en la vía pública.
Artículo 1.-Hecho imponible.
Constituye el hecho imponible de esta tasa:
a) La apertura de zanjas, calicatas y calas en terrenos de uso público, cualquiera que sea la clase de pavimento que exista en el lugar donde se realizan las obras.
b) La remoción de aceras o de pavimentos en las vías públicas.
Artículo 2.-Sujetos pasivos.
Artículo 3.-Base imponible y cuota tributaria.
La base y la cuota tributaria se determinará de acuerdo con la siguiente tarifa
1.-En vías públicas pavimentadas: cada m2 o fracción /día: 1,10 euros
2.-En vías públicas no pavimentadas: cada m2 o fracción/día: 0,95 euros
3.-En aceras: cada m2 o fracción/día: 1,25 euros
Artículo 4.-Devengo.
La Tasa se devengará en su totalidad en el momento de solicitarse la licencia o al iniciarse el aprovechamiento, aun cuando no se haya obtenido la correspondiente licencia.
Disposición final
La presente Ordenanza, ha sido aprobada con fecha veinte de diciembre de 2001 y comenzará a regir con efectos del día 1 de enero de 2002 y surtirá efectos en tanto no se acuerde su modificación o derogación.